DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

32. A que mujeres y hombres definan su identidad de género, redefiniéndola a lo largo de la vida, así como a expresarla.33. A controlar y cambiar el propio cuerpo, lo que incluye el derecho, tanto de mujeres como de hombres, a cambiarlo cosmética, química o quirúrgicamente para expresar la construcción de imagen corporal -a partir del tipo de masculinidades y feminidades diferentes- con la que cada quien se identifique.34. A la autodeterminación en el ejercicio de la sexualidad, lo que incluye el derecho al placer físico, sexual y emocional; el derecho a la libre y responsable preferencia sexoafectiva; el derecho a la información y educación sexual laica, científica, amplia, clara, especializada, oportuna; a la protección de la salud sexual y reproductiva. Asimismo, el derecho a no ejercer la sexualidad.

35. A no ser diagnosticado/a o tratado/a psicológica o psiquiátricamente con el objetivo de "cambiar" -contra la voluntad- la orientación sexual, identidad sexual o rol de género que cada quien vive.Es violatorio a tus derechos humanos someterte -sin tu libre consentimiento- a cualquier tipo de tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico para intentar "modificar" tu orientación sexual.36. A decidir libre, responsable e informadamente el número y espaciamiento de los/as hijos/as y ejercer o no esto, mediante el control voluntario y seguro de la fecundidad, decidiendo el tipo de anticonceptivo más apropiado, así como el derecho a adoptar. Incluye el derecho de mujeres y hombres a tomar decisiones en el campo de la reproducción, a tener acceso a la tecnología reproductiva, libres de discriminación, coacción o acoso y violencia, así como el derecho de disponer de servicios integrales de salud sexual y reproductiva con calidad y calidez.

37. A la salud sexual y reproductiva en un marco de bienestar físico, mental y social que garantice la armonía con el entorno y no sólo la ausencia de enfermedad, incorporando en programas sustantivos, acciones educativas, servicios y campañas, estrategias para prevenir embarazos no deseados, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual (ETS).38. A establecer relaciones íntimas placenteras, y a suscribir contratos matrimoniales o a que sean reconocidas las parejas de hecho, cuando así se desee.39. A participar con voz y voto en la formulación y desarrollo de programas y políticas de población.
CREDITOS:http://www.uasb.edu.ec/padh/revista11/instrumentos/cartilla.htm
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